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Se Puede Cobrar Jubilación y Pensión por Viudez Simultáneamente

Sí, en Argentina podés cobrar jubilación y pensión por viudez al mismo tiempo, combinando ingresos para mayor seguridad económica.


En Argentina, no es posible cobrar simultáneamente la jubilación y la pensión por viudez de manera independiente, ya que ambas cumplen funciones similares como ingresos previsionales y están reguladas por el sistema de seguridad social para evitar duplicidades en el cobro. Cuando una persona tiene derecho a ambos beneficios, la normativa establece un orden de preferencia y, generalmente, se abona la prestación que sea de mayor valor económico.

Para entender cómo funciona esta regulación y qué alternativas existen al recibir dos beneficios previsionales, es necesario analizar la legislación vigente, los principios que rigen las prestaciones y algunos casos prácticos que ilustran las combinaciones posibles. A continuación, te explicamos detalladamente cómo actúa el sistema previsional frente a esta situación y qué pasos seguir para gestionar correctamente las prestaciones ante ANSES.

Normativa sobre el cobro simultáneo de jubilación y pensión por viudez

La Ley 24.241, que regula el régimen general de jubilaciones y pensiones en Argentina, establece que no se pueden percibir dos prestaciones previsionales en forma simultánea y completa cuando corresponden a una misma persona. Esto significa que:

  • Si una persona tiene derecho a una jubilación propia y también a una pensión por viudez, debe optar por una sola prestación.
  • ANSES evalúa cuál de las dos prestaciones tiene un monto mayor y es esta la que se paga en su totalidad.
  • En caso de que la pensión por viudez sea superior a la jubilación, se cobra la pensión completa y se puede acceder a un complemento para igualar ingresos.

¿Qué pasa si se cobran ambos beneficios?

Al intentar cobrar simultáneamente ambos beneficios sin informar debidamente a ANSES, el sistema lo detecta y procede a suspender uno de ellos o a solicitar la devolución de los montos cobrados en exceso, dado que está prohibido recibir doble beneficio. Además, esto puede generar complicaciones legales y administrativas, con multas y sanciones.

Alternativas y complementos posibles al cobrar jubilación y pensión por viudez

Existen mecanismos para maximizar los ingresos en caso de ser titular de ambos beneficios:

  • Opción por el beneficio más alto: ANSES permite elegir la prestación que mejor convenga económicamente.
  • Complemento: si la pensión por viudez es menor que la jubilación, se cobra la jubilación y se puede solicitar un complemento para nivelar el ingreso.
  • Acumulación parcial: en situaciones específicas, se puede recibir un porcentaje de ambos beneficios siempre y cuando no superen la jubilación máxima vigente.

Casos prácticos

Imaginemos dos situaciones:

  1. Una jubilada cobra $100.000 mensuales y tiene derecho a una pensión por viudez de $70.000. En este caso, se mantiene la jubilación y puede solicitar un complemento para mejorar su ingreso.
  2. Un viudo cobra una pensión por viudez de $120.000 y posee una jubilación propia de $90.000. En este caso, ANSES le paga la pensión por viudez y suspende la jubilación.

Diferencias clave entre jubilación y pensión por viudez en Argentina

En el sistema previsional argentino, jubilación y pensión por viudez son dos beneficios que, aunque relacionados con el ámbito de la seguridad social, cumplen funciones distintas y se regulan bajo normativas específicas. Entender sus diferencias es fundamental para quienes buscan optimizar sus derechos previsionales y evitar errores en la solicitud o percepción de estos beneficios.

¿Qué es la jubilación?

La jubilación es una prestación que se otorga a quienes han alcanzado la edad o el período de aportes mínimos establecidos para retirarse del mercado laboral. Su objetivo principal es garantizar un ingreso estable tras el cese de la actividad laboral por edad o incapacidad.

  • Requisitos: Edad mínima (actualmente 65 años para hombres y 60 para mujeres, con ciertas excepciones) y cumplimiento de años de aportes (mínimo 30 años.
  • Beneficiarios: Trabajadores que hayan cumplido dichas condiciones.
  • Monto: Se calcula en base a los aportes realizados y a la fórmula establecida por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Qué es la pensión por viudez?

La pensión por viudez es un beneficio que se otorga a los cónyuges o parejas convivientes luego del fallecimiento del titular de una jubilación o de un trabajador activo que reunía ciertas condiciones. Su función es proteger económicamente al sobreviviente.

  • Requisitos: Estar legalmente casado o demostrar convivencia comprobable en determinados casos.
  • Duración: Puede ser vitalicia o temporal, dependiendo de la edad del beneficiario y otras circunstancias.
  • Importe: Generalmente, corresponde al 70% del haber jubilatorio o salario base del causante.

Tabla comparativa: Jubilación vs Pensión por Viudez

CaracterísticaJubilaciónPensión por Viudez
OrigenDerecho adquirido por aportes y edadDerecho derivado por fallecimiento del titular
BeneficiariosTrabajadores retiradosCónyuge, pareja conviviente o hijos menores
CondicionesEdad y años de aportesEstado civil y relación con el causante
DuraciónVitaliciaPuede ser temporal o vitalicia según casos
MontoSegún aportes y fórmula ANSES70% del haber del causante (aprox.)

Casos ilustrativos

Ejemplo 1: Marta, que tiene 63 años y cumplió con sus años de aportes, accede a la jubilación ordinaria. Si su esposo fallece y ella acredita la convivencia, puede solicitar la pensión por viudez, percibiendo ambos beneficios de forma separada y bajo condiciones específicas.

Ejemplo 2: Juan, trabajador activo, fallece y su esposa cobra la pensión por viudez. Si Juan ya estuviera jubilado, su esposa tendría derecho a la pensión sobre el haber jubilatorio que él percibía.

Consejos prácticos para gestionar ambos beneficios

  • Consultar siempre con ANSES: Cada situación particular puede variar, y la entidad provee información actualizada y personalizada.
  • Reunir documentación completa: Acta de matrimonio, certificado de convivencia, certificado de defunción, documentación laboral y de aportes.
  • Planificar el momento de solicitud: En algunos casos, pedir ambos beneficios simultáneamente puede implicar ajustes o reducciones.
  • Conocer los derechos vigentes: La legislación nacional y los fallos judiciales pueden modificar condiciones, como la posibilidad de cobrar ambos beneficios simultáneamente bajo ciertas circunstancias.

Preguntas frecuentes

¿Se puede cobrar jubilación y pensión por viudez al mismo tiempo?

No, generalmente no se permiten ambos cobros simultáneos; se debe optar por la prestación más beneficiosa.

¿Cómo se decide cuál prestación es más beneficiosa?

Se comparan los montos y condiciones de cada prestación y se elige la que brinda mayor ingreso económico.

¿Qué organismo administra la jubilación y la pensión por viudez?

En Argentina, el ANSES es el organismo encargado de gestionar ambas prestaciones.

¿Puedo pasar de cobrar jubilación a pensión por viudez si fallece mi cónyuge?

Sí, si el fallecimiento del cónyuge es posterior a tu jubilación, puedes solicitar la pensión por viudez, pero no las dos simultáneamente.

¿Qué documentación necesito para tramitar la pensión por viudez?

Documento de identidad, certificado de defunción del cónyuge y comprobante de matrimonio o unión convivencial.

Puntos clave

  • La jubilación es un beneficio personal y la pensión por viudez es una prestación derivada del fallecimiento de un cónyuge.
  • No es posible cobrar ambos beneficios simultáneamente; el beneficiario debe elegir uno.
  • La ANSES es el organismo público que administra estos beneficios.
  • La pensión por viudez se calcula sobre la base del haber aportado por el causante, es decir, el fallecido.
  • Existen excepciones y reglas especiales para ciertos casos, como jubilados que pierden a su cónyuge.
  • El trámite para la pensión por viudez debe iniciarse con la documentación correcta para evitar demoras.
  • La elección entre jubilación y pensión puede implicar evaluaciones económicas y otros beneficios asociados.

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